Los índices de Transparencia calibran el nivel de transparencia de las instituciones públicas a través de la información que estas publican en su página web.
Mediante 80 indicadores, agrupados en 6 áreas, se puede evaluar la transparencia en la información que los ayuntamientos facilitan a los ciudadanos.
A) TRANSPARENCIA ACTIVA E INFORMACIÓN SOBRE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL (21)
B) PÁGINA WEB, RELACIONES CON LOS CIUDADANOS Y LA SOCIEDAD, Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA (15)
C) TRANSPARENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA (11)
D) TRANSPARENCIA EN LAS CONTRATACIONES, CONVENIOS, SUBVENCIONES Y COSTES DE LOS SERVICIOS (12)
E) TRANSPARENCIA EN MATERIAS DE URBANISMO, OBRAS PÚBLICAS Y MEDIOAMBIENTE (12)
F) DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN (9)
A) TRANSPARENCIA ACTIVA E INFORMACIÓN SOBRE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL (21)
B) PÁGINA WEB, RELACIONES CON LOS CIUDADANOS Y LA SOCIEDAD, Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA (15)
C) TRANSPARENCIA ECONÓMICO-FINANCIERA (11)
D) TRANSPARENCIA EN LAS CONTRATACIONES, CONVENIOS, SUBVENCIONES Y COSTES DE LOS SERVICIOS (12)
E) TRANSPARENCIA EN MATERIAS DE URBANISMO, OBRAS PÚBLICAS Y MEDIOAMBIENTE (12)
| 1) Planes de ordenación urbana y convenios urbanísticos (5) | |
| 60. El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y los mapas y planos que lo detallan. | |
| 61. En relación con el ámbito medioambiental se publican: | |
| a) Las políticas y programas del Ayuntamiento relativos al medioambiente, así como los informes de seguimiento de los mismos; Disponible | |
| b) Los estudios de impacto ambiental, paisajísticos y evaluaciones del riesgo relativos a elementos medioambientales (si no han realizado estos estudios, se indicará expresamente en la web). | |
| 62. Las modificaciones aprobadas del PGOU y los Planes parciales aprobados. | |
| 63. Información detallada de los Convenios urbanísticos del Ayuntamiento y de las actuaciones urbanísticas en ejecución. | |
| 64. Información detallada y precisa sobre los usos y destinos del Suelo del municipio. | |
| 2) Información sobre licitaciones de obras públicas (4) | |
| 65. Los proyectos, los pliegos y los criterios de licitación de las obras públicas. | |
| 66. Las modificaciones, reformados y complementarios de los proyectos de las obras más importantes (mediante un enlace directo y específico en la web) (si no los ha habido, se indicará expresamente en la web). | |
| 67. El listado de empresas que han concurrido a cada una de las licitaciones de obras públicas convocadas por el Ayuntamiento. | |
| 68. La relación de las empresas que han realizado las obras públicas más importantes en el Ayuntamiento, con indicación de las obras y su importe. | |
| 3) Urbanismo y obras de infraestructura (3) | |
| 69. Información precisa sobre cada una de las obras más importantes de infraestructura que están en curso (Objetivos de la obra y responsable municipal; contratista/s responsable/s; importe presupuestado; período de ejecución). | |
| 70. Se trata, al menos semestralmente, información sobre las obras de infraestructura realizadas y en su caso las aprobadas pendientes de ejecución (informes, comunicados, notas de prensa, etc.). | |
| 71. Se publican los indicadores: a) Inversión en infraestructuras por habitante y b) Proporción de ingresos del Urbanismo sobre los ingresos totales (se indicarán en la web los conceptos incluidos como Ingresos urbanísticos: Licencias urbanísticas, IBI, ICIO, aprovechamiento urbanístico, enajenación de terrenos, etc.). |
F) DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN (9)
| 1) Visibilidad, canales y características del acceso a la información pública (6) | |
| 72. La web y/o el portal de transparencia del Ayuntamiento destina un espacio destacado o sección, fácilmente visible y claramente identificable, para difundir el derecho de acceso a la información y para facilitar el acceso este procedimiento administrativo. | |
| 73. Existe y está habilitado un procedimiento administrativo presencial (no electrónico) para el ejercicio de derecho de acceso a la información, y se ofrece en todo caso al interesado/a información sobre los pasos a seguir, horarios y requisitos. | |
| 74. Se pone a disposición en la sección o portal de transparencia del Ayuntamiento, un formulario web – o un canal electrónico – para formular solicitudes de acceso a la información pública. | |
| 75. El canal electrónico de solicitudes de acceso permite diversos tipos de identificación del interesado, tales como una dirección de email, autenticación electrónica ordinaria (v.g. usuario y password), que no precisen de la obtención/instalación de certificados digitales y/o la aportación de datos fiscales. | |
| 76. El canal electrónico de solicitudes de acceso a la información permite, de una forma igualmente accesible, dar seguimiento a la tramitación de la petición por parte del interesado/a, o existe un seguimiento centralizado de la gestión de estos expedientes que permite conocer su situación. Este canal electrónico permite hacer seguimiento de su solicitud respondiéndole en el plazo máximo de un mes a la dirección de correo que nos indique. | |
| 77. Se facilita desde la web (o en su caso el portal de transparencia) del Ayuntamiento un canal fácil y accesible para la formulación de quejas o sugerencias en relación con el Acceso a la información. | |
| 2) Reclamaciones y evaluación del derecho de acceso a la información pública (3) | |
| 78. Se difunde de una forma sencilla y clara en la web o en el portal de transparencia del Ayuntamiento, las condiciones y el procedimiento para presentar reclamaciones por denegación total o parcial en el ejercicio del derecho de acceso a la información | |
| 79. Está operativa y claramente visible en la web el área o entidad municipal responsable ante la cual presentar reclamaciones por denegación total o parcial en el ejercicio del derecho de acceso a la información. | |
| 80. Se publicita en la web o en el portal de transparencia del Ayuntamiento, información estadística con periodicidad bimestral al menos, de datos relativos a: Número de solicitudes de acceso a la información recibidas; resueltas dentro de plazo; desestimadas, en todo o en parte; y resumen temático general de las solicitudes de acceso a la información recibidas. |

