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PROPOSICION CONJUNTA CPA Y ACIPA INCINERADORA DE TITULCIA PLENO OCTUBRE 2026.

Proposición conjunta de los grupos coalición por Aranjuez y acipa que presentamos al pleno de la corporación ordinario del mes de octubre para su debate y aprobación si procede,

POSICIÓN DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL ANTE LA POSIBLE INSTALACIÓN DE UNA INCINERADORA EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE TITULCIA.

De nuevo, una vez más, debemos afrontar la defensa de nuestro entorno y pertenencia a un espacio en nuestra Comunidad Autónoma de especial conservación y protección, sin que ello menoscabe el respecto a otros municipios colindantes, vecinos, a querer proyectar su futuro. En el mismo plano, debemos trasladar la idea de que los vecinos y vecinas de Aranjuez, también precisamos del respeto a poder opinar de todo aquellos que puede generar un perjuicio presente y futuro a nuestros vecinos y vecinas y al entorno de protección en el que vivimos, respetamos y hacemos un gran esfuerzo por conservar. Todos los intereses pueden ser lícitos, pero cuando estos chocan con el entorno, el ecosistema, con el medio ambiente y todo lo que conlleva, o cuando choca con la salud de las personas, debemos evidenciarlo y hacer lo posible porque esos intereses de parte sean supeditados a otros intereses mayores, como es el futuro de los vecinos y vecinas de todas las zonas afectadas.

Apenas el 3% del término municipal de Aranjuez es suelo urbano siendo la superficie resultante Suelo No Urbanizable Especialmente Protegido. La protección de estos espacios tiene como objetivo fundamental la conservación de los ecosistemas existentes, amén de la protección del Paisaje Cultural de Aranjuez. Somos un municipio emblemático dentro de la Comunidad de Madrid, o deberíamos serlo, por lo que es preciso y exigible realizar planteamientos estratégicos territoriales para lograr un nivel elevado de protección de dicho Paisaje, que deben consensuarse desde la Institución. Por otro lado, la situación geográfica de Aranjuez posibilita que nuestro municipio se vea también afectado por actividades económicas de la vecina comunidad de Castilla-La Mancha.

El problema es que desde hace unos años se están tomando decisiones en ámbitos ajenos al de nuestra ciudad que no solo afectan a la calidad ambiental de nuestro entorno, sino que ponen en peligro no solo el Paisaje Cultural sino también la propia salud humana. Ya en 1994 nuestra ciudad lideró la oposición comarcal contra la planta incineradora de residuos tóxicos y peligrosos que la multinacional francesa SARP (Sociedad Anónima de Recuperación y Purificación) quiso instalar en Ocaña, muy cerca del límite provincial con Madrid, pero la cosa no quedó ahí.

Durante mucho tiempo la labor extractora de áridos en la vecina comunidad afecta a los ecosistemas del Tajo y del Jarama, sin olvidar los reiterados vertidos sin depurar a nuestros cauces y las masas de agua, centrales térmicas y de ciclo combinado como las de Aceca, las cementeras de Holcim-Yeles y Cemex-Castillejo-Yepes, la macrocantera de yeso que se quiso instalar en el entorno de Seseña y lo peor de todo, unas grandes centrales térmicas de ciclo combinado a construir e instalar en municipios como los de Colmenar de Oreja, Morata de Tajuña, Estremera, Fuentidueña de Tajo y Villamanrique de Tajo. Todas ellas en un radio de 15 kilómetros, en el sur-sureste de la Comunidad de Madrid. Una agresión intolerable que en 2005 Aranjuez también rechazó, liderando de nuevo la respuesta comarcal ante tamaño acúmulo de instalaciones contaminantes. 

Para poner de relieve la magnitud del peligro, decir que la planta de la empresa ENDESA que quería instalarse en Colmenar iba a tener una potencia de 1.600 megavatios, mayor que la de cualquier central nuclear de España y ocuparía unas 18 hectáreas de vega. A solo 12 kilómetros de Aranjuez.

No obstante, la realidad nos demuestra que tenemos que seguir muy pendientes de estas agresiones, que siguen encontrando tierra de oportunidades en este sur del sur. Además de tener muy presente la lucha contra las macroplantas fotovoltaicas que una vez más quieren ubicar en nuestra vega, destruyendo nuestro Paisaje, se une ahora la amenaza de instalación de una nueva incineradora.

Para que no haya ninguna duda al respecto, las consecuencias no controladas y que se alejan de la bondad de la instalación de la planta incineradora en Titulcia, como la que se pretende, en nuestro entorno comarcal, significa la ausencia de control sobre los siguientes aspectos:

Las plantas incineradoras de residuos urbanos presentan diversos inconvenientes y partes negativas significativas que abarcan desde el impacto medioambiental hasta factores económicos y sociales. A pesar de contar con sistemas de filtrado avanzados, el proceso de quema genera subproductos peligrosos y dinámicas financieras complejas.

  1. Contaminación atmosférica y gases de efecto invernadero. Emisiones de CO₂: Aunque a menudo se comercializan como plantas de valorización energética, estas instalaciones emiten un 33% más de gases de efecto invernadero que otras fuentes convencionales de energía, lo que agrava el cambio climático. Gases contaminantes: El proceso de combustión libera a la atmósfera dióxido de azufre (SO₂) y óxidos de nitrógeno, causantes entre otras sintomatologías, de tos y asma, lluvia ácida y aumento del ozono troposférico, monóxido de carbono (CO) y compuestos orgánicos volátiles.
  1. Generación de residuos sólidos tóxicos, cenizas y escorias: La quema de basura no hace desaparecer los materiales; reduce su volumen, pero genera una gran cantidad de cenizas de hogar y escorias. Metales pesados: Estos residuos sólidos secundarios acumulan altas concentraciones de metales pesados y otras sustancias nocivas. Si no se confinan o gestionan en vertederos especiales de seguridad, pueden filtrarse y contaminar gravemente los suelos y las aguas subterráneas.
  1. Emisión de partículas ultrafinas y toxinas persistentes, dioxinas y furanos: Son compuestos orgánicos altamente persistentes que se originan durante la quema de plásticos y otros materiales clorados. Estas sustancias son cancerígenas y pueden interferir con el sistema hormonal, inmunitario y reproductivo. Partículas PM2.5 y PM1: Las plantas liberan micro-partículas que viajan largas distancias en el aire. Al ser tan diminutas, penetran profundamente en los pulmones y el torrente sanguíneo, aumentando el riesgo de enfermedades cardiovasculares y respiratorias en las comunidades locales.
  1. Altos costes financieros y desincentivo al reciclaje, inversión inicial extrema: Construir y mantener una planta incineradora requiere un presupuesto financiero muy elevado para las administraciones públicas. Dependencia a largo plazo (Efecto «Lock-in»): Para amortizar la gigantesca inversión de una planta, los contratos de gestión suelen firmarse por periodos de 25 a 30 años. Esto obliga a los municipios a seguir generando y quemando basura de forma constante para que la planta sea rentable, lo que frena y desincentiva otras actuaciones para el reciclaje. El efecto Lock-in o efecto cerrojo es el que se proyecta para la dependencia a una oferta concreta porque cambiar a otra alternativa es muy difícil y costosa.

Todo esto, sin profundizar con detalles técnicos y afirmaciones reales de la falta de control y de conocimiento de una actuación continuada de quema de residuos en torno a núcleos urbanos. En especial de su efecto acumulativo en una misma zona.

Como apuntábamos al principio, no debería ser necesario recordar que Aranjuez mantiene una relación muy estrecha con la Red Natura 2000 y con varias figuras de protección ambiental de la Comunidad de Madrid. La principal conexión es que parte del término municipal de Aranjuez se encuentra integrada en la Zona Especial de Conservación (ZEC) «Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste de Madrid» (ES3110006), uno de los espacios protegidos más importantes de la región.

Además, dentro de este mismo ámbito protegido se encuentra la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) «Carrizales y Sotos de Aranjuez», que protege los ecosistemas asociados al río Tajo, humedales, carrizales, sotos fluviales y numerosas especies de aves y otra fauna que vive en estos entornos. 

El valor ecológico de Aranjuez se resume de la siguiente manera:

La ZEPA de Aranjuez incluye:

  • Los sotos y riberas del río Tajo.
  • Los carrizales y humedales asociados.
  • El entorno del Mar de Ontígola.
  • Saladares y pastizales húmedos de gran interés ecológico. [iepnb.gob.es]

Sobra recordar que estos hábitats albergan especies protegidas de aves acuáticas y rapaces. La zona fue declarada ZEPA por su importancia para la conservación de aves silvestres, destacando poblaciones de aguilucho lagunero y la presencia de especies invernantes como la grulla común y el cormorán grande.

De igual modo, debemos poner en valor que la Comunidad de Madrid aprobó mediante el Decreto 104/2014 la declaración de la ZEC «Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste de Madrid» y un plan de gestión conjunto para esta ZEC y las ZEPA de «Carrizales y Sotos de Aranjuez» y «Cortados y Cantiles de los ríos Jarama y Manzanares.

Por lo que, como parte de esta propuesta es necesario poner el énfasis en:

  1. Forma parte de la ZEC «Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste de Madrid».
  2. Alberga la ZEPA «Carrizales y Sotos de Aranjuez», integrada en la Red Natura 2000.
  3. Constituye uno de los espacios de mayor valor ecológico del sur de la Comunidad de Madrid por sus riberas, humedales y avifauna protegida.

Por esta razón, más que suficiente, desde la Corporación Municipal debemos estar atentos y ser parte interesada en todo aquello que pueda afectar a lo que Aranjuez es y representa en el Conjunto de la Comunidad de Madrid y en nuestro País. 

Aranjuez no es una ciudad que no sepa entender las necesidades de otras colindantes, ni mucho menos, todo lo contrario, estamos pensando siempre en incorporar servicios que no sean exclusivos, sino servicios que atienden a gran parte de las necesidades de otros vecinos de los municipios cercanos y/o colindantes. La defensa de nuestro entorno, no es la defensa solo de Aranjuez, es de todo el entorno tal como le conocemos. La huerta, la vega, el río Tajo y Jarama no son exclusivos de Aranjuez. Como también debe tenerse en cuenta que estas Zonas de Especial Conservación, son de un valor ambiental, un ecosistema que no puede ser alterado por ninguna decisión que los ponga en peligro.

Aranjuez, por formar parte de estos ecosistemas, tiene muchas limitaciones que otros municipios no tienen y que asumimos con agrado y orgullo a pesar de esas limitaciones para el desarrollo económico y social. La defensa a ultranza de esta realidad por parte de los vecinos y vecinas de Aranjuez, no es contra los intereses de otros municipios, sino a favor de lo que significa una comarca en torno a una vega, a unos ríos y al ecosistema que se ha conformado. 

Una incineradora en el municipio de Titulcia, un municipio en las confluencias del Tajuña y del Jarama que se encuentra en el parque regional de los cursos de los río Manzanares y del Jarama, en pleno corazón de este espacio, solapamientos con la Red Natura 2000, cercano al refugio de fauna de la Laguna de San Juan, a solo 22 kilómetros de Aranjuez por carretera pero cuyos límites son mucho más cercanos a nuestra ciudad (10,6 kilómetros lineales al punto habitado más cercano, 8 a los terrenos urbanizables municipales) no es compatible con ninguno de sus entornos.

La implantación de una planta incineradora o de valorización energética de residuos dentro o en las proximidades de una Zona Especial de Conservación (ZEC) puede generar numerosas afecciones potenciales sobre los valores ambientales que justifican la protección del espacio. Por ello, cualquier proyecto de este tipo debe someterse a una evaluación ambiental especialmente rigurosa, no solo teniendo en cuenta lo planteado hasta el momento de carácter general sobre una incineradora, sino bajando a lo concreto, a nuestro entorno.

Las principales afecciones potenciales son:

  1. Impacto sobre la calidad del aire, las incineradoras emiten contaminantes atmosféricos, aunque estén sujetas a límites legales muy estrictos:
  • Óxidos de nitrógeno (NOx); Partículas en suspensión; Dióxido de azufre (SO₂); Metales pesados y Dioxinas y furanos en cantidades muy reducidas, pero objeto de especial vigilancia (La contaminación por dibenzofuranos policlorados llamados genéricamente “furanos” causa mucha alarma debido a que son contaminantes que persisten en el ambiente y son tóxicos para los seres vivos)
  • Contaminación secundaria por ozono troposférico (O₃). Este contaminante es muy abundante, especialmente en el sur de la Comunidad de Madrid y durante el verano por las altas temperaturas. Aranjuez históricamente supera en el verano en numerosas ocasiones los umbrales de protección a la salud. Según el Informe de evaluación de la vigilancia del ozono troposférico 2025 de la Comunidad de Madrid, la estación de Aranjuez registró 16, 25 y 38 días con superación de 120 µg/m³ (máxima octohoraria) en 2023, 2024 y 2025. Su media trienal de 26 días supera el valor objetivo de protección de la salud (25 días).

Estas emisiones, además, pueden afectar a: Hábitats sensibles; Vegetación protegida; Humedales y especies de fauna especialmente vulnerables.

  1. Alteración de aves protegidas, en zonas como los sotos, carrizales y humedales de Aranjuez, la presencia de una instalación industrial como la de una incineradora puede provocar: Aumento del ruido; Mayor iluminación nocturna; Incremento del tráfico pesado; Molestias durante la reproducción y alimentación; Afectación a la calidad del aire en todo el municipio y degradación de la huerta ribereña. Además, puede ocasionar desplazamiento de determinadas especies hacia otras áreas.
  2. Fragmentación de hábitats, la construcción de la planta y de sus infraestructuras asociadas puede implicar: Nuevas carreteras o accesos; Líneas eléctricas y Ocupación permanente de suelo, cuya consecuencia es la fragmentación de hábitats de interés comunitario y dificultar los movimientos de la fauna.
  3. Riesgo para recursos hídricos, si la instalación se ubica cerca de ríos, humedales o acuíferos, como se pretende, puede aumentar el riesgo de vertidos accidentales, puede requerir consumos importantes de agua y puede generar escorrentías contaminadas.

En Aranjuez esta cuestión es especialmente relevante por la presencia del río Tajo, el Jarama, el Mar de Ontígola y diversos humedales asociados.

  1. Incremento del tráfico y de las emisiones asociadas, una planta de tratamiento o incineración suele recibir un flujo continuo de camiones, cuyas consecuencias potenciales, no solo para Titulcia, sino para todos los pueblos y zonas limítrofes: Más ruido; Más emisiones de vehículos; mayor mortalidad de fauna por atropello y, por supuesto, mayor presión sobre espacios naturales cercanos.
  2. Impacto paisajístico para la comarca, chimeneas de gran altura, naves industriales de gran superficie y grandes áreas de almacenamiento de residuos incompatibles con zonas del entorno a conservar.
  3. Efecto acumulativo, la legislación europea obliga a analizar no solo el impacto individual del proyecto sino también su efecto conjunto con otras infraestructuras ya existentes: Autovías; Ferrocarriles; Polígonos industriales; Huertas o espacios rurales; Canteras; Vertederos; Plantas de tratamiento de residuos.

A este efecto acumulativo podemos referirnos cuando echamos un vistazo a la concentración de plantas en un radio cercano a los 33 kilómetros de la ubicación que se pretende de la incineradora, que además cuentan con nuevos proyectos y ampliaciones que incrementan la presión ambiental sobre el sur y sureste de Madrid:

  • Pinto, Getafe y San Martín de la Vega: la ampliación del macro-vertedero de la Mancomunidad del Sur supone aumentar su capacidad de depósito de residuos, prolongando la acumulación de basura y los riesgos asociados a los lixiviados, las emisiones de metano, los malos olores y la contaminación del suelo y las aguas.
  • Valdemingómez: la ampliación del vertedero de Las Dehesas, mediante nuevas celdas, y la continuidad de la incineradora de Las Lomas mantienen importantes focos de presión ambiental, asociados al depósito y la combustión de residuos, las emisiones atmosféricas y la generación de cenizas y otros residuos derivados de la incineración.
  • Loeches: la ampliación del vertedero de residuos no peligrosos de Canal de Isabel II implica una mayor capacidad de almacenamiento de residuos, con riesgos potenciales de generación de lixiviados, contaminación del suelo y las aguas y afección al entorno. A ello se suma la actividad del Complejo Medioambiental La Campiña.
  • Morata de Tajuña: Cementos Portland Valderrivas pretende extender la co-incineración de residuos al horno de cemento blanco, además de incorporar nuevos procesos industriales como la fabricación de cemento con arcillas calcinadas. Estas actividades hacen necesario evaluar el posible incremento o modificación de las emisiones atmosféricas, especialmente de partículas, óxidos de nitrógeno y otros contaminantes asociados a la combustión y los procesos térmicos.

No hablamos de instalaciones aisladas, sino de la acumulación de vertederos, incineradoras y actividades industriales en un mismo territorio. Cada nueva ampliación o proyecto puede añadir emisiones, tráfico pesado, residuos y riesgos ambientales a los ya existentes.

Con toda esta realidad, con todo los trasladado, un aspecto que podría determinarse en clave jurídica es que según el artículo 6 de la Directiva Hábitats (92/43/CEE), un proyecto que pueda afectar de forma apreciable a una ZEC o a una ZEPA debe someterse a una Evaluación Adecuada de sus repercusiones sobre la Red Natura 2000. Si se concluye que perjudica la integridad del espacio protegido, en principio no puede autorizarse salvo circunstancias excepcionales de interés público de primer orden y con medidas compensatorias muy estrictas. Tiene que ser irrefutable que un nuevo proyecto en un espacio, como es el sur de la Comunidad de Madrid, no puede pasar un filtro más con una correcta evaluación.

Consideramos que no se corresponde con el interés público de primer orden, ni a circunstancias excepcionales que argumente que es un proyecto de interés comarcal o regional, por la acumulación existente. Consideramos que no se ha justificado suficientemente la instalación de una incineradora de tamaña magnitud (300.000 toneladas de basura por año) amén de suponer una incongruencia con la Estrategia de Economía Circular de la Comunidad de Madrid 2025-2032 (relativa a los planes de gestión de los residuos municipales) que no reconoce la necesidad de contar con nuevas incineradoras o vertederos, amén de que un sobredimensionamiento de la capacidad de incineración compromete de facto los objetivos de reciclado al crear una demanda estructural de residuos.

Además, nuevamente (como hemos visto por desgracia con la tramitación de las plantas fotovoltaicas aledañas a nuestro municipio) tenemos que advertir la muy deficiente consideración tanto medioambiental como urbana de nuestro municipio. La Montaña y por ende el municipio de Aranjuez quedan fuera del modelo en el que se basa el estudio sobre afecciones a la salud humana. Más grave aún si consideramos que zonas como el barrio de la Montaña quedan a algo más de 10 kilómetros, pero no así el suelo urbanizable de Aranjuez, como el de Puente Largo, quedando este a menos de 8 kilómetro de las chimeneas de la incineradora. Por tanto, puesto que no se ha contado con las partes que pudieran estar afectadas, dejando la única salida de alegaciones podemos afirmar que es un proyecto de parte, con el único interés de una iniciativa privada que a priori solo contaría con el apoyo de una corporación, la de Titulcia, que esperamos reflexione por el bien de sus vecinos y los vecinos de su entorno, así como del entorno en el que se ubican. La posible llegada de inversiones y supuestos puestos de trabajo no justifican nunca la instalación de infraestructuras que atentan contra la salud y el medio ambiente. De la destrucción de estos nunca puede extraerse ninguna consecuencia que pueda denominarse progreso.

En consecuencia, si una incineradora se propone, como es el caso, dentro de la ZEC «Vegas, Cuestas y Páramos del Sureste de Madrid» o en las proximidades de la ZEPA «Carrizales y Sotos de Aranjuez», y además se acumula a otras plantas en tan pequeña superficie, los aspectos más sensibles serían previsiblemente: La afección a las aves protegidas; Los efectos sobre los humedales y sotos fluviales; Las emisiones atmosféricas acumuladas; El incremento del tráfico pesado y la alteración de paisaje protegido y las consecuencias que todo esto supone.

Es evidente de que corremos el riego de que si no planteamos una oposición clara con las alegaciones técnicas que con carácter jurídico paren la posibilidad de la viabilidad ambiental, dependiendo de la localización exacta, las emisiones previstas, los vientos dominantes, la distancia a los hábitats protegidos y los resultados de la evaluación ambiental y de Red Natura 2000, podemos encontrarnos que este proyecto en esta zona, sea altamente perjudicial para el entorno y para nuestra ciudad, especialmente para los que aquí vivimos.

Por lo que venimos a plantear al pleno de la Corporación Municipal:

PRIMERO. Manifestar el rechazo del Ayuntamiento de Aranjuez al proyecto de incineradora denominado «Centro de Tratamiento de Residuos Jarama», promovido por PreZero en Titulcia, así como a la concentración de nuevas instalaciones de incineración de residuos en el sur y sureste de Madrid.

SEGUNDO. Trasladar oficialmente al Ayuntamiento de Titulcia el rechazo de este Pleno a la construcción de la incineradora, expresando nuestra oposición a que la comarca de Las Vegas siga soportando la concentración de infraestructuras de tratamiento de residuos y los posibles impactos ambientales y sanitarios asociados.

TERCERO. Instar a la Comunidad de Madrid a rechazar el proyecto y denegar las autorizaciones ambientales necesarias para su construcción y funcionamiento, apostando por un modelo público de gestión de residuos cero y por una distribución territorial ambientalmente justa de las infraestructuras necesarias.

CUARTO: Elaborar las alegaciones pertinentes a los documentos presentados ante la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior que según anuncio de fecha 9 de octubre, BCM nº 241, se traslada que se encuentran en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid y que se han puesto en conocimiento de la Alcaldía de Aranjuez, antes de la celebración de este pleno, toda vez que el período de treinta días termina el 8 de noviembre. (Se adjunta anuncio)  

 

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