EL AYUNTAMIENTO ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICIDAD EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS

4 diciembre, 2025

EL AYUNTAMIENTO ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR PUBLICIDAD EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS

 

Las entidades o empresas interesadas en instalar publicidad en los diferentes recintos deportivos municipales deberán cumplimentar el Modelo 252.

 

La Ordenanza Fiscal establece una tarifa general de 111,35 €/m²/año. Los clubes deportivos inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones podrán beneficiarse de una bonificación del 90%.

 

Aranjuez, 4 de diciembre de 2025

El Concejal Delegado de Deportes, Ignacio Benéitez, ha informado esta mañana del nuevo procedimiento para la utilización de espacios publicitarios en las instalaciones deportivas municipales, con el objetivo de ordenar la colocación de soportes en bienes de dominio público y garantizar condiciones de equidad, seguridad y transparencia en su uso.

El dossier elaborado recoge los pasos que deben seguir todas aquellas entidades o empresas interesadas en instalar publicidad en los diferentes recintos deportivos municipales, así como las tarifas, bonificaciones y condiciones técnicas exigidas.

 

Procedimiento de solicitud

  1. Los interesados deberán cumplimentar el Modelo 252 (Solicitud de espacios publicitarios en instalaciones deportivas municipales), indicando el espacio concreto que desean ocupar.
  2. Una vez presentada la solicitud, el Departamento de Rentas remitirá al correo electrónico consignado la liquidación con las tasas a abonar.
  3. Tras el ingreso de la tasa, la Delegación de Patrimonio concederá la autorización correspondiente.

 

La autorización se concede por un año, requiriendo solicitud expresa de renovación. No podrá instalarse publicidad sin la preceptiva autorización, que no será concedida si no se han abonado previamente las tasas.

 

Tarifas y bonificaciones

La Ordenanza Fiscal establece una tarifa general de 111,35 €/m²/año.

Los clubes deportivos inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones podrán beneficiarse de una bonificación del 90%, debiendo indicarlo en la solicitud y acreditar su inscripción.

Para inscribirse en el registro municipal, es necesario cumplimentar el Modelo 126, disponible en la página web municipal.

 

Requisitos técnicos de la publicidad

La normativa establece que la publicidad debe instalarse en lona o pancarta anclada directamente al paramento, sin estructuras auxiliares.

En el caso de instalaciones en altura, especialmente en pabellones, el montaje deberá realizarse o supervisarse por personal de la Delegación de Deportes para garantizar la seguridad y estabilidad del anclaje.

 

Instalaciones deportivas con espacios publicitarios disponibles

  • Campo de fútbol Enrique Moreno (El Pinar)
  • Pabellón Agustín Marañón del Polideportivo Municipal
  • Campo de fútbol de la Ciudad Deportiva ‘Las Olivas’
  • Estadio Municipal ‘El Deleite’

 

Importancia de regular el pago de tasas

El Ayuntamiento destaca que la regulación del uso publicitario de espacios públicos permite:

  • Control y equidad en la ocupación del espacio municipal.
  • Recaudación responsable, contribuyendo al mantenimiento y mejora de instalaciones.
  • Fomento del asociacionismo deportivo, incentivando la formalización de clubes.
  • Protección del entorno urbano y deportivo, limitando impactos visuales y estructurales.

 

Los modelos de solicitud y la documentación necesaria pueden consultarse y descargarse en www.aranjuez.es/solicitudes

El Ayuntamiento de Aranjuez recuerda que todo el procedimiento debe repetirse de forma anual y que no podrá utilizarse ningún espacio publicitario sin el previo pago de la tasa y la correspondiente autorización administrativa.

Última vez modificado: 4 diciembre, 2025

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