PLENO MUNICIPAL DE FECHA 24-9-25

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA.

El Alcalde-Presidente, con fecha 19 de septiembre de 2025, ha dictado el siguiente Decreto, con número 2025/3582:

ASUNTO: CONVOCATORIA Y ORDEN DEL DÍA DEL PLENO ORDINARIO A CELEBRAR EL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DE 2025.

INTERESADOS: CORPORACIÓN MUNICIPAL.

De conformidad con lo dispuesto por el artº 46.2 y 46.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y por los artículos 80, 81.1.b) y 82.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, y artículo 31.2 de Reglamento Orgánico Municipal, le ruego concurra presencialmente al Salón de Plenos, el día 24 de septiembre de 2025 a las 08:15 horas, con el objeto de celebrar sesión ordinaria el Pleno de la Corporación, en 1ª convocatoria, o una hora después en 2ª, RESUELVO:

Fijar el ORDEN DEL DÍA de la citada sesión que comprenderá los siguientes asuntos:

 

PARTE RESOLUTIVA

 

1.- Lectura y aprobación, si procede, de las actas de la sesión ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2025 y de la sesión extraordinaria celebrada el día 8 de agosto de 2025.
2.- Propuesta que presenta el Alcalde-Presidente sobre ejercicio de acciones judiciales en materia de implantación de plantas fotovoltaicas.
3.- Propuesta del Primer Teniente de Alcalde Delegado de Hacienda sobre aprobación inicial de modificación de créditos nº 44/2025.
4.- Propuesta que presenta el Tercer Teniente de Alcalde Delegado de Planificación y Gestión Ambiental Urbana y Sostenibilidad sobre la adhesión del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda a la Mancomunidad del Sur.
5.- Propuesta del Tercer Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo sobre modificación puntual del estudio de detalle de la parcela 548 Sector La Montaña.
6.- Propuesta que presenta el Concejal Delegado de Transporte y Movilidad para solicitar la ampliación de horarios de la expedición de la línea de autobús 584, así como el establecimiento de una parada en el Centro Penitenciario Madrid VI.

 

PARTE DE INFORMACIÓN Y CONTROL

 

7.- Dación de cuenta de resoluciones dictadas por la Alcaldía-Presidencia y Concejalías Delegadas, y de las actas de la Junta de Gobierno Local.
8.- Proposición que presenta el Grupo PSOE para no autorizar el uso de espacios públicos municipales a colectivos o entidades que atenten contra los derechos fundamentales de las mujeres, o que promuevan mensajes de odio, discriminación o violencia.
9.- Proposición que presenta el Grupo PSOE para que se revierta el nuevo itinerario en las rutas de los autobuses urbanos.
10.- Proposición que presenta el Grupo Acipa para la puesta a disposición de profesionales sanitarios de viviendas de titularidad municipal.
11.- Proposición que presenta el Grupo MM-VQ para que se elabore un Plan de Actuación Municipal de Emergencias contra incendios y se inste a la Comunidad de Madrid que integre a Aranjuez como zona de alto riesgo y se le incluya dentro del Plan Especial contra Incendios de la Comunidad de Madrid.
12.- Proposición que presenta el Grupo MM-VQ para que se instalen carteles de sensibilización contra la violencia de género en las entradas del municipio.
13.- Turno de urgencia.
14.- Ruegos.
15.- Preguntas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer los siguientes

RECURSOS:

  • Recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el órgano que dicta el presente acto administrativo, de conformidad con el artículo 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Aranjuez, a 19 de septiembre de 2025

EL SECRETARIO GENERAL

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