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	<title>IBI archivos - Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez</title>
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	<description>El Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez es la institución encargada de la gestión y administración municipal de Aranjuez, ciudad declarada Paisaje Cultural Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.</description>
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	<title>IBI archivos - Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez</title>
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		<title>APROBADA. Proposición: Rebaja de Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), para atenuar presión por Tasa de Basura.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[GMCPA]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Dec 2025 11:33:03 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Coalición por Aranjuez]]></category>
		<category><![CDATA[IBI]]></category>
		<category><![CDATA[tasa basura]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Objetivo: Valorar la reducción del tipo impositivo del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, y conocer las iniciativas que el Gobierno Municipal pretende poner en marcha en el ejercicio del 2026 para la reducción de residuos sólidos.   En el pasado pleno ordinario, del mes de noviembre, nuestro grupo municipal presentaba un ruego escrito,&#8230;</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Objetivo: Valorar la reducción del tipo impositivo del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, y conocer las iniciativas que el Gobierno Municipal pretende poner en marcha en el ejercicio del 2026 para la reducción de residuos sólidos.</strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p>En el pasado pleno ordinario, del mes de noviembre, nuestro grupo municipal presentaba un ruego escrito, cuyo objetivo era el siguiente: “<em>Valorar la revisión de las ordenanzas fiscales, especialmente el Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, con el objetivo de rebajar el mismo en la misma cantidad o cercana, que atenúe la presión fiscal que supone el cobro de la Tasa de Basura. Que ante la dificultad de una aplicación inmediata de esta revisión, que los ingresos obtenidos supongan prestaciones perceptibles, por los vecinos y vecinas, acordes al esfuerzo fiscal que realizan”.</em></p>
<p><em> </em></p>
<p>Planteábamos este ruego, tras el conocimiento de que, tanto la FEMP, inspectores de hacienda local y asociaciones de consumidores, así como partidos políticos de ámbito regional, como es Mas Madrid, Verdes Equo, han presentado reclamaciones o recursos a la Tasa de Basura.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Tan solo el hecho de que  alguna revisión o declaración nula se pueda producir, supondría una situación muy complicada para el Ayuntamiento. Por esta razón y por los pronunciamientos por parte del Concejal Delegado y del Alcalde, sobre su posición clara de eliminar la Tasa, si la Ley se lo permite, en el pasado pleno le trasladamos el siguiente ruego a Delegado de Hacienda y que recordamos en la presente proposición:</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Señor Delegado de Hacienda, en representación del Gobierno Municipal usted ha trasladado públicamente, en más de una ocasión, así como en el pleno de la Corporación, que cuando la Ley deje de obligar a la implantación de la Tasa, usted la retiraría.</em></strong><em> Entendiendo que con esta afirmación usted traslada la posición contraria a la implantación de la misma, <strong><u>le proponemos que hasta que haya una resolución definitiva al respecto, aplique la revisión necesaria para eliminar la presión fiscal que supone la Tasa, revisando impuestos a la baja que en su conjunto suponga un equilibrio en la presión o bien atenúen esta considerablemente. De igual modo le rogamos que ante dificultades legales que suponga no poder aplicar esta revisión en tiempo y forma para el siguiente ejercicio, que los ingresos que se produzcan tengan su reflejo en acciones concretas que los vecinos y vecinas perciban como necesarias e imprescindibles, tras el pago de la tasa.</u></strong></em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Ante esta petición concreta, en dos aspectos, no obtuvimos una respuesta clara en referencia a la revisión necesaria para eliminar el incremento tan brutal de “la presión fiscal” que ha supuesto la aprobación de la Tasa de Basura, que afecta a familias y a autónomos y empresarios de la ciudad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Ante la justificación de que se trata de una obligación y ante la inamovilidad por parte del Equipo de Gobierno, en referencia a los referentes para su aplicación, consideramos que se debe buscar alguna solución que, al menos, atenúe la carga que supone la imposición.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><u>Recordamos que el referente para la cuota fija del recibo de los inmuebles de uso residencial es el valor catastral de este y lo es para la cuota fija y variable de los inmuebles de uso distinto al residencial, por lo que puede crear situaciones ajenas a la equivalencia que debiera tenerse en cuenta a la hora de valorar el potencial generador de residuos. </u></p>
<p><u> </u></p>
<p>Desde nuestro Grupo Municipal, consideramos que el Ayuntamiento de Aranjuez está en condiciones de atenuar, en gran parte, esta situación abordando la revisión de la ordenanza fiscal del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><u>Una propuesta que consideramos puede aplicarse, antes de que una nueva revisión por parte de Hacienda se pueda producir sobre los ingresos y gastos de funcionamiento en el próximo presupuesto que se pretenda aprobar, es la que a continuación trasladamos:</u></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>El actual IBI Residencial tiene un Tipo Impositivo del 0,44 % y los IBI Diferenciales de Usos: Comercial, Industrial, Ocio-Hostelería y Oficinas tienen un Tipo Impositivo del 0,52 %; de Uso para la Enseñanza el tipo es del 1 %; de Uso Sanitario y de Beneficencia del 1,1%.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Tomando como referente el Tipo Impositivo del IBI Residencial del 0,44%, y teniendo en cuenta que el mínimo aplicable es del 0,4%, el máximo que se podría reducir sería el 0,04%, pasando del 0,44 al 0,40%. Esta reducción del 0,04%, supondría una reducción del total del tipo impositivo del 9,09%.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Si esta reducción del 9,09%, del tipo impositivo, se aplica a todos los de los IBIs Diferenciales, la propuesta quedaría de la siguiente forma:</p>
<p>&nbsp;</p>
<ul>
<li>Usos: Comercial, Industrial, Ocio-Hostelería, Oficinas el tipo impositivo propuesto sería del 0,473%</li>
<li>Uso: Enseñanza, el tipo impositivo propuesto sería del 0,909%</li>
<li>Uso: Sanidad, Beneficencia, el tipo impositivo propuesto sería del 1,0001%</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p><u>La reducción propuesta, que consideramos es la máxima que se puede aplicar, en referencia al IBI de naturaleza urbana y de forma equivalente a los IBIs diferenciales, es, como ya hemos trasladado del 9,09% de los tipos impositivos, lo que vendría a suponer que</u>:</p>
<p>&nbsp;</p>
<ul>
<li>Sobre el referente, más próximo, el de la cuenta general del 2024 en el que se aportó la información sobre los derechos generados (por el IBI de naturaleza urbana), en el citado ejercicio, fue de 13.725.875,76€, <strong>supondría una reducción de derechos de 1.247.682,11€, lo que viene a ser prácticamente la carga de generación residuos para la elaboración del referente del coste total de gestión a cubrir por la tasa de basura que recordamos que fue de 4.309.637,42€ </strong>(coste de organización del servicio: 3.022.437,76€; coste de generación de residuos: 1.287.199,66€).</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p>En referencia a la segunda petición, trasladada en el ruego escrito del pasado pleno, en la que trasladábamos literalmente: <strong><em>“</em></strong><strong><em><u>que los ingresos que se produzcan tengan su reflejo en acciones concretas que los vecinos y vecinas perciban como necesarias e imprescindibles, tras el pago de la tasa.</u></em></strong></p>
<p><strong><em> </em></strong></p>
<p>La respuesta por el Concejal Delegado de Hacienda la percibimos como enigmática, trasladando que el próximo año podremos percibir algo, lo que nos parece que no debe ser el camino adecuado, a pesar de que los grupos de la oposición no hemos aprobado la Tasa de Basura. Esto último no implica que no se pueda trabajar conjuntamente para ver qué iniciativas deben ponerse en marcha para que los recursos económicos que queden disponibles, tras el cobro de la misma, tengan como resultado el objetivo claro de reducción de residuos que deben al vertedero.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Desde nuestro grupo y desde otros grupos, ya hemos trasladado algunas iniciativas, la primera y principal la negociación con las empresas que se están ocupando de los residuos reciclables: cartón, vidrio, plásticos y otros envases, así como los restos de poda; control y bonificación por los residuos orgánicos; impulso de un centro comarcal de residuos vegetales; acuerdo con centros comerciales y empresas para la instalación de máquinas para el depósito de plásticos y otros envases e impulso de espacios de elaboración de compostaje para el uso del municipio.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En consecuencia y tras lo trasladado, esperando que esta sea una preocupación compartida, venimos a proponer para su debate y aprobación, si procede:</p>
<p>&nbsp;</p>
<ol>
<li><strong>Que se elabore un informe técnico, económico y jurídico, cuyo objeto sea dar  soporte para la revisión de la Ordenanza Fiscal del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, valorando la propuesta que a modo de ejemplo se ha trasladado en la parte expositiva, con el objetivo inmediato de la aprobación consensuada, que se considere, para atenuar la presión económica que supone la Tasa de la Basura para los vecinos y vecinas.</strong></li>
</ol>
<p><strong> </strong></p>
<ol>
<li><strong>Que el Gobierno Municipal, comparta con el conjunto de los Grupos Municipales las iniciativas que pretende poner en marcha para conseguir que los vecinos perciban que el pago de la Tasa de Basura, tiene un fin y objetivo claro de reducir los residuos que desde nuestra ciudad mandamos al vertedero, lo que supondría una reducción cierta de los costes de organización del servicio y de generación de residuos.</strong></li>
</ol>
<p>&nbsp;</p>
<p>En Aranjuez, 8 de diciembre de 2025                   Proposición GM CpA pleno ordinario DICIEMBRE</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title></title>
		<link>https://www.aranjuez.es/880-2/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[GMACIPA]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 31 Oct 2018 12:00:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[ACIPA]]></category>
		<category><![CDATA[Aranjuez]]></category>
		<category><![CDATA[AYUNTAMIENTO]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>EL GOBIERNO MUNICIPAL CELEBRA UN PLENO EXTRAORDINARIO PARA APROBAR DOS MODIFICACIONES EN LAS ORDENANZAS FISCALES, UNA SOBRE EL IBI DIFERENCIADO Y OTRA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE PLUSVALÍA. LA PRIMERA SOBRE EL CÁLCULO DE LOS TIPOS DIFERENCIADOS Y REGULACIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN CASO DE COTITULARIDAD Y LA SEGUNDA SOBRE LA IMPLANTACIÓN DE LA AUTOLIQUIDACIÓN. Hemos votado&#8230;</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify"><strong>EL GOBIERNO MUNICIPAL CELEBRA UN PLENO EXTRAORDINARIO PARA APROBAR DOS MODIFICACIONES EN LAS ORDENANZAS FISCALES, UNA SOBRE EL IBI DIFERENCIADO Y OTRA SOBRE EL IMPUESTO SOBRE PLUSVALÍA. LA PRIMERA SOBRE EL CÁLCULO DE LOS TIPOS DIFERENCIADOS Y REGULACIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN CASO DE COTITULARIDAD Y LA SEGUNDA SOBRE LA IMPLANTACIÓN DE LA AUTOLIQUIDACIÓN.</strong></p>
<p style="text-align: justify"><strong>Hemos votado en contra porque en el fondo, pese a que algunas de estas medidas pueden ser positivas, se estaría de facto ratificando la implantación de los IBI diferenciados y el aumento impositivo aprobado el año pasado, tanto en lo referente al Impuesto sobre Bienes Inmuebles y al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) más comúnmente conocido como Plusvalía. Rechazamos así mismo los incrementos contemplados para 2020 y 2021, recogidos dentro del Plan de Ajuste, en especial para el IBI, de 0,44 a 0,52 del tipo impositivo.</strong></p>
<p style="text-align: justify"><strong> </strong>Aranjuez, 31 de octubre de 2018.</p>
<p style="text-align: justify"><strong>VOTO EN CONTRA DE ACIPA.</strong></p>
<p style="text-align: justify">En la primera de las propuestas presentadas por el Gobierno sobre modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza urbana. Jesús Mario Blasco, Concejal Portavoz de la Agrupación Ciudadana Independiente afirma que<strong> “votar esta propuesta favorablemente implicaría de hecho ratificar y dar por buena la subida impositiva aprobada el año pasado en la que nos posicionamos totalmente en contra. El gobierno ha aprobado hoy modificar parte del enunciado recogido en las ordenanzas fiscales actuales referentes al IBI para regular el procedimiento para la división del IBI entre distintos cotitulares, en proporción a su porcentaje de participación en la titularidad del bien. Es una medida positiva considerada de manera aislada, pero fuertemente incardinada con la subida aprobada el año pasado (para ser aplicada este 2018, la subida del tipo del 0,43 al 0,44 así como las contempladas para 2020 y 2021, elevándolo hasta un escandaloso 0,52 (dejando sin subida el 2019, que <em>casualmente</em> es año electoral) No podemos ratificar unas medidas que creemos son altamente perjudiciales para los vecinos y comerciantes de nuestra ciudad.” </strong></p>
<p style="text-align: justify"><strong> </strong><strong>Seguimos defendiendo que el IBI no es un impuesto diseñado para gravar los beneficios de una empresa o instalación, ya que para ello está el Impuesto de Sociedades. Ni siquiera sirve para gravar grandes ingresos, porque para ello ya está el IAE (que también subieron en 2018). Dicho en otras palabras, no se grava más al que más tiene ni al que más gana.</strong></p>
<p style="text-align: justify">La segunda de las propuestas iba destinada a modificar la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Hasta ahora las liquidaciones del pago de las plusvalías se realizaban desde el propio Ayuntamiento, ahora, con esta medida lo que pretende el gobierno es que sean los propios ciudadanos, los sujetos pasivos, quienes realicen todos los trámites y calculen todas las cantidades a pagar, mediante la autoliquidación. <strong>“El posicionamiento es exactamente el mismo que el expresado en la propuesta anterior, ya que no vamos a ratificar ni validar con nuestro voto subidas aprobadas el año pasado de hasta un 30%, pero es que además la figura de la autoliquidación nos ofrece dudas, máxime cuando hablamos de un impuesto ya de por sí cuestionado por los tribunales y cuya tramitación ya es complicada. La figura de la autoliquidación tiene elementos positivos, como ampliar el plazo de rectificación de los datos aportados, de un mes a cuatro años, pero los problemas pueden venir cuando no es el propio sujeto pasivo (el transmitente del bien cuando la transmisión ha sido onerosa, o el que lo recibe si es gratuita) el que hace la autoliquidación (en el caso de pacto entre transmitente y receptor) En este caso hay diversas interpretaciones judiciales sobre la legitimidad o no para obtener la devolución de ingresos indebidos. En todo caso, nos tememos que haya confusión al pasar de un sistema a otro, pese a la ayuda que los servicios técnicos y la web municipal puedan prestar. Eso por supuesto, si soslayamos que ya nos parece injusto el tributo en sí mismo.” </strong></p>
<p style="text-align: justify"><strong> </strong></p>
<p>La entrada <a href="https://www.aranjuez.es/880-2/"></a> se publicó primero en <a href="https://www.aranjuez.es">Ayuntamiento del Real Sitio y Villa de Aranjuez</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>El Gobierno municipal congela el IBI para 2019 tal y como establece el Plan de Viabilidad Económica</title>
		<link>https://www.aranjuez.es/el-gobierno-municipal-congela-el-ibi-para-2019-tal-y-como-establece-el-plan-de-viabilidad-economica/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Laura Hermosa]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 30 Oct 2018 09:19:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Aranjuez]]></category>
		<category><![CDATA[Hacienda]]></category>
		<category><![CDATA[IBI]]></category>
		<category><![CDATA[Luis Javier Benito]]></category>
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		<category><![CDATA[Plan de Viabilidad Económica]]></category>
		<category><![CDATA[plusvalías]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La ordenanza se dota de un procedimiento que regula la solicitud y los efectos de la división del recibo del IBI en caso de cotitularidad, dando así respuesta a una demanda creciente de los ciudadanos que deciden hacer uso de este derecho. En cumplimiento con el Plan de Viabilidad Económica que rige en el Ayuntamiento&#8230;</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><em>La </em><em>ordenanza se dota</em> <em>de un procedimiento que regula la solicitud y los efectos de la división del recibo del IBI en caso de cotitularidad, dando así respuesta a una demanda creciente de los ciudadanos que deciden hacer uso de este derecho.</em></p>
<p>En cumplimiento con el Plan de Viabilidad Económica que rige en el Ayuntamiento de Aranjuez, el Gobierno municipal ha congelado el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para el ejercicio de 2019, en el que mantendrá el tipo impositivo del 0,44% que se estableció para 2018.</p>
<p>El concejal delegado de Hacienda, Luis Javier Benito, ha recordado que este tipo impositivo ya subió el año pasado en un 0.01% y que <strong>“queda muy lejos del 0,60% que estaban reclamando el Ministerio de Hacienda y el Grupo Municipal de Ciudadanos”.</strong></p>
<p>En relación al IBI, el pleno de la Corporación Municipal ha aprobado hoy la modificación de la Ordenanza Reguladora del IBI de Naturaleza Urbana dotándola de un procedimiento que regula la solicitud y los efectos de la división del recibo de este impuesto en caso de cotitularidad, dando así respuesta a una demanda creciente de los ciudadanos que deciden hacer uso de este derecho.</p>
<p>Es el caso de las parejas divorciadas y de algunas empresas, que con este nuevo procedimiento verán como se concede inmediatez a la solicitud, con reflejo directo en el padrón del mismo ejercicio y dotándole de carácter indefinido mientras no cambien las circunstancias.</p>
<p><strong>“Esta modificación de la ordenanza solo pretende adaptarla a las nuevas demandas de la sociedad, con el objetivo, además, de ampliar derechos”,</strong> ha explicado Benito en la sesión plenaria de hoy.</p>
<p><strong>AUTOLIQUIDACIÓN DE LA PLUSVALÍA</strong></p>
<p>Por otro lado, el pleno ha modificado también la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocida popularmente como la plusvalía.</p>
<p>En este caso, la modificación consiste en la sustitución del sistema de declaración-liquidación por el de autoliquidación, con el único fin de dotar al ciudadano de una mayor autonomía en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, simplificando la gestión y la recaudación.</p>
<p><strong>“En definitiva, estamos haciendo más efectiva y más eficiente la gestión de este impuesto, estamos reduciendo costes y facilitando la autonomía de los vecinos”,</strong> ha explicado Luis Javier Benito, avanzando que la medida vendrá acompañada de la incorporación de un programa de ayuda al portal tributario de la página web municipal, facilitando así la cumplimentación del modelo de autoliquidación.</p>
<p>En todo caso, los Servicios Tributarios del Ayuntamiento de Aranjuez continuarán a disposición de los ciudadanos que requieran asistencia para el cálculo de la plusvalía.</p>
<p><strong>NOTA:</strong> Los medios interesados en ampliar esta noticia pueden ponerse en contacto con la Oficina de Información.</p>
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