PLENO MUNICIPAL DE FECHA 26-3-25

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA.

El Alcalde-Presidente, con fecha 21 de marzo de 2025, ha dictado el siguiente Decreto, con número 2025/1097:

ASUNTO: CONVOCATORIA Y ORDEN DEL DÍA DEL PLENO ORDINARIO A CELEBRAR EL DÍA 26 DE MARZO DE 2025.

INTERESADOS: CORPORACIÓN MUNICIPAL.

De conformidad con lo dispuesto por el artº 46.2 y 46.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y por los artículos 80, 81.1.b) y 82.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, y artículo 31.2 de Reglamento Orgánico Municipal, le ruego concurra presencialmente al Salón de Plenos, el día 26 de marzo de 2025 a las 08:15 horas, con el objeto de celebrar sesión ordinaria el Pleno de la Corporación, en 1ª convocatoria, o una hora después en 2ª, RESUELVO:

Fijar el ORDEN DEL DÍA de la citada sesión que comprenderá los siguientes asuntos:

 

PARTE RESOLUTIVA

 

1.- Lectura y aprobación, si procede, de las actas de la sesión ordinaria celebrada el día 26 de febrero de 2025 y de la sesión extraordinaria celebrada el día 7 de marzo de 2025.
2.- Propuesta del Primer Teniente de Alcalde Delegado de Seguridad Ciudadana para autorizar la firma de convenio de colaboración entre la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 y el Ayuntamiento de Aranjuez.
3.- Propuesta que presenta el Tercer Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo sobre renuncia a la cesión gratuita de las fincas rústicas “Mar de Ontígola” y “Mar Chico”.
4.- Propuesta que presenta el Concejal Delegado de Bienestar Animal sobre respuesta a alegaciones presentadas y aprobación definitiva de Ordenanza de gestión ética de colonias felinas.

 

PARTE DE INFORMACIÓN Y CONTROL

 

5.- Dación de cuenta de resoluciones dictadas por la Alcaldía-Presidencia y Concejalías Delegadas, y de las actas de la Junta de Gobierno Local.
6.- Proposición que presenta el Grupo PP para instar al Gobierno de España a plantear un modelo de financiación para las CCAA y las entidades locales y no continuar con el llamado acuerdo bilateral del concierto singular de Cataluña ni con la condonación de la deuda, por las graves consecuencias que tendrá para los madrileños y los vecinos de Aranjuez.
7.- Proposición que presenta el Grupo PSOE para la creación de un reglamento de padrón municipal.
8.- Proposición que presenta el Grupo PSOE sobre el proceso de escolarización 2025/2026.
9.- Proposición que presenta el Grupo Vox para reconocer la importancia del padre en el seno de la familia y de la sociedad.
10.- Proposición que presenta el Grupo Coalición por Aranjuez para valorar una ordenanza municipal que regule el despliegue o instalaciones de redes de comunicación electrónica, estableciendo las limitaciones o exigencias necesarias para evitar la contaminación visual de los cableados aéreos de telecomunicaciones.
11.- Proposición que presentan los Grupos MM-VQ y Acipa sobre vertidos en el Mar de Ontígola y la prevención de crecidas.
12.- Turno de urgencia.
13.- Ruegos.
14.- Preguntas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer los siguientes

RECURSOS:

  • Recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el órgano que dicta el presente acto administrativo, de conformidad con el artículo 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Aranjuez, a 21 de marzo de 2025

EL SECRETARIO GENERAL

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