Zona O.R.A.

Aranjuez cuenta con unas zona de aparcamiento en la que el usuario debe adquirir un “ticket” para poder dejar su vehículo. Esta zona está delimitada por rayas azules, de ahí que se le denomine comúnmente Zona Azul.

En la zona regulada se fija un tiempo máximo de estacionamiento en función de la cantidad abonada, facilitando así la rotación de vehículos y evitando a los conductores el grave problema que supone aparcar, sobre todo en la zona centro de la ciudad.

El control de los vehículos estacionados en zona azul (o zona O.R.A., siglas de la Ordenanza Reguladora de Aparcamiento), así como el procedimiento de denuncia a los infractores, a personal controlador.

Delimitación de Zona

La ubicación de la Zona Azul en Aranjuez se puede consultar en el siguiente plano.

Visualizar Plano con la Zona Azul.

Precio Público

El precio, está establecido en la Ordenanza Reguladora del Precio Público por la utilización privativa del dominio público mediante el estacionamiento de vehículos en zonas de estacionamiento limitado.

Tarifas:

  • Primeros veinte minutos o fracción: 0,20 €
  • Una hora de estacionamiento: 0,60 €
  • Dos horas y treinta minutos de estacionamiento: 1,50 €
  • Fracciones de tiempo intermedias, cada cinco minutos: 0,05 €

El ingreso de este Precio Público se realizará por autoliquidación mediante la obtención de los tickets justificativos de pago de las máquinas expendedoras que están habilitadas a tal efecto y en las que aparece con total claridad las tarifas vigentes.

El ingreso de este Precio Público será previo a la utilización privativa del dominio público, siendo obligatorio exhibir en el interior de los vehículos los tickets justificativos.

Calendario y Horario de Estacionamiento Limitado

El establecimiento limitado regirá durante todo el año, salvo el mes de agosto, y de lunes a sábado, con excepción de los festivos, con el siguiente horario:

  • De lunes a viernes de 09:30h. a 14:00h. y de 16:30h. a 20:00h.
  • Sábados no festivos: De 09:30 a 14:00h.

El período máximo de estacionamiento se establece en dos horas y treinta minutos para todos los usuarios.

Supuestos de no sujeción a la limitación de estacionamiento

  • Las motocicletas, ciclos, ciclomotores de dos ruedas y bicicletas.
  • Los vehículos que estén realizando operaciones de carga y descarga de mercancías, en las zonas señalizadas a tal fin, y dentro del horario marcado.
  • Vehículos auto-taxi cuando el conductor esté presente.
  • Vehículos de servicio oficial, debidamente identificados propiedad de Organismos del Estado, Comunidad Autónoma o Municipios, que estén destinados directa y exclusivamente a la prestación de los servicios públicos de su competencia, cuando están realizando tales servicios así como los de compañías prestadoras de servicios públicos necesarios por el tiempo imprescindible para realizar su labor.
  • Vehículos destinados a servicios de emergencia, mientras estén prestando el servicio.
  • Los vehículos en cuyo interior permanezca el conductor o pasajero mayor de edad, siempre que el tiempo de estacionamiento sea inferior a los cinco minutos.
  • Los vehículos que posean la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida, expedido por una Administración competente.
  • Los residentes que hayan obtenido la tarjeta anual habilitante siempre y cuando estacionen en la zona habilitada.

Personas con movilidad reducida

Igualmente, en los mismos casos se permitirá el estacionamiento en la zona delimitada por la Ordenanza de Regulación de Aparcamientos (ORA).

Infracciones y Sanciones

Las infracciones serán objeto de denuncia.

Constituyen infracciones:

  • Estacionar en lugares habilitados como estacionamiento con limitación horaria sin colocar el ticket justificante de pago del Precio Público.
  • Estacionar en lugares habilitados como estacionamiento con limitación horaria cuando colocado el ticket conveniente se supere el tiempo de estacionamiento en la zona respectiva.
  • La falsedad y/o utilización indebida de los documentos que acrediten las autorizaciones sin perjuicio de otras sanciones que puedan proceder.

Sanciones, medidas correctoras:

  1. La denuncia por la infracción será de un importe de 80 €.
  2. Se podrá abonar la mitad de la cuantía de la sanción (40 €) por infracción por estacionar en lugares con limitación horaria sin colocar el ticket justificante de pago, siempre y cuando no transcurran más de 15 días desde que se notifica.
  3. Se podrá paralizar el proceso de denuncia por infracción por estacionar en lugares con limitación horaria cuando colocado el ticket se supere el tiempo de estacionamiento, máximo en 60 minutos, mediante un postpago de una cuota única de 3 €. Esta operación se realizará en las mismas máquinas expendedoras e introduciendo el comprobante en el buzón destinado al objeto o entregandole al controlador. Si este postpago no se realiza, la denuncia seguirá su curso.

Aparcamiento para Residentes

Para la solicitud o renovación de la tarjeta de residentes se ha de presentar uno de los siguientes documentos en la Oficina de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Aranjuez.

 

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