Los ribereños podrán fraccionar el pago de sus impuestos hasta en diez cuotas uniformes sin intereses de demora

21 julio, 2016

Los ribereños podrán fraccionar el pago de sus impuestos hasta en diez cuotas uniformes sin intereses de demora

Los vecinos interesados en acogerse a esta fórmula de fraccionamiento de pago de impuestos deberán solicitarlo antes del 30 de noviembre.

La nueva ordenanza posibilita fraccionar los pagos en cuotas mensuales, bimensuales, trimestrales y cuatrimestrales.

Aranjuez, 21 de julio de 2016

Los ribereños podrán fraccionar el pago de sus impuestos municipales hasta en diez cuotas uniformes sin intereses de demora, tal y como ha aprobado hoy el pleno municipal a propuesta del concejal delegado de Hacienda, David Estrada.

El fraccionamiento como forma de pago de los tributos municipales ha experimentado un notable crecimiento en los últimos años, hasta el punto de que hasta el pasado 7 de julio se habían recibido casi tantas solicitudes de fraccionamiento de deuda en periodo voluntario como casi en todo el ejercicio de 2015.

“Con la modificación de la Ordenanza de Recaudación e Inspección del ayuntamiento, que se ha venido adaptando a las nuevas necesidades de los vecinos, estamos dando más facilidades a los ribereños a la hora de pagar sus tributos”, ha dicho hoy David Estrada.

Los tributos que podrán pagar los ribereños mediante este nuevo sistema de prorrateo son el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, la Tasa por aprovechamiento especial del dominio público por la entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de aparcamiento exclusivo, el Impuesto sobre Actividades Económicas y la Tasa por instalación de quioscos en la vía pública.

Las formas previstas de pago son:

– – Mensual: 10 plazos mensuales de febrero a noviembre.

– – Bimensual: 5 plazos bimensuales a pagar los meses de febrero, abril, junio, agosto y octubre.

– – Trimestral: 4 plazos a pagar los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre.

– – Cuatrimestral: 3 plazos a pagar los meses de febrero, junio y noviembre.

Para poder acogerse a esta forma de pago, los contribuyentes deberán estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Aranjuez y deberán solicitarlo antes del 30 de noviembre del año anterior, siendo siempre obligatoria la domiciliación bancaria y que la cantidad total de la cuota a fraccionar sea igual o superior a 100 euros.

Los cargos sobre la cuenta bancaria en la que se domicilien los pagos se realizarán el día 3 de cada mes y si la liquidación a practicar con objeto de obtener el importe de la última cuota resultase a favor del contribuyente, se procederá de oficio a su devolución.

Los vecinos pueden hacer las consultas necesarias sobre esta nueva posibilidad de pago en la Oficina de Atención al Ciudadano y en el correo electrónico ota@aranjuez.es

NOTA: Los medios interesados en ampliar esta noticia pueden ponerse en contacto con la Oficina de Información.

Última vez modificado: 21 julio, 2016

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