LA ALCALDESA ANUNCIA LA APROBACIÓN DE LAS AYUDAS DIRIGIDAS A EMPRESARIOS Y TRABAJADORES Y EXPLICA LOS REQUISITOS DE ACCESO A LAS MISMAS

27 octubre, 2020

SE DESTINARÁN 388.000 EUROS DEL PRESUPUESTO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN

LA ALCALDESA ANUNCIA LA APROBACIÓN DE LAS AYUDAS DIRIGIDAS A EMPRESARIOS Y TRABAJADORES Y EXPLICA LOS REQUISITOS DE ACCESO A LAS MISMAS 

María José Martínez de la Fuente: “Se trata de la medida económicamente más importante de las recogidas en el Plan de Recuperación de nuestra ciudad ya que para su ejecución es preciso emplear el 37 % del presupuesto del mismo” 

“Hemos aprobado dos líneas de ayuda diferenciadas, una dirigida a PYMES y autónomos que mantengan su actividad económica y los puestos de trabajo; la otra dirigida a personas afectadas por un ERTE o un ERE y a trabajadores por cuenta ajena que hayan pasado a estar en situación de desempleo por causas derivadas del COVID-19”

“El objetivo de estas ayudas, junto con otras medidas también recogidas en el Plan de Recuperación, es proteger y cubrir las necesidades de las personas con mayores necesidades de apoyo económico y asistencial y, al tiempo, de promover los espacios más favorables para que las pymes y los autónomos que han visto suspendida su actividad económica y reducida su facturación puedan cuanto antes recuperar su ritmo y, con ello, su capacidad de generar empleo” 

Aranjuez, 27 de octubre de 2020

La Alcaldesa, María José Martínez de la Fuente, ha comparecido esta mañana en rueda informativa para dar cuenta de la aprobación, por la Junta de Gobierno celebrada el pasado jueves, de la convocatoria y de las bases relativas al procedimiento para la concesión de ayudas dirigidas a autónomos y pequeñas y medianas empresas que han visto reducida su actividad como consecuencia del Covid 19, así como de las relativas al procedimiento para el otorgamiento de ayudas de emergencia dirigidas a personas que estén en situación de vulnerabilidad como consecuencia del impacto económico provocado por la citada crisis sanitaria. Ha estado acompañada por el Concejal Delegado de Empleo y Dinamización Económica, Miguel Gómez Herrero.

María José Martínez de la Fuente ha recordado que “en el marco de la situación provocada por el Covid-19, el pasado mes de julio, gobierno, oposición, sindicatos y asociaciones empresariales firmamos un acuerdo sin precedentes, por sus objetivos y su pluralidad, que bajo el nombre de Plan de Recuperación perseguía un objetivo común: ayudar a quienes más lo necesitan, aprovechar los recursos municipales para favorecer a las familias más vulnerables e intentar ayudar a nuestros empresarios y autónomos a reiniciar la actividad económica y generar empleo”. Y ha añadido: “En ese objetivo genérico se enmarcan, precisamente, las dos líneas de ayuda que hemos aprobado en Junta de Gobierno en cumplimiento de la medida específica que se incluyó en el citado Plan de Recuperación”.

La Alcaldesa ha señalado que “hemos aprobado dos líneas de ayuda diferenciadas, una dirigida a PYMES y autónomos que mantengan su actividad económica y los puestos de trabajo; la otra dirigida a personas afectadas por un ERTE o un ERE y a trabajadores por cuenta ajena que hayan pasado a estar en situación de desempleo por causas derivadas del COVID-19”.

María José Martínez de la Fuente ha detallado que “podrán acogerse a las ayudas dirigidas a personas afectadas por un ERTE o un ERE y a trabajadores por cuenta ajena que hayan pasado a estar en situación de desempleo, quienes reúnan los siguientes requisitos:  

1.- Encontrarse empadronado con una antigüedad mínima de inscripción de 6 meses en el momento de la solicitud

2.- Haberse visto afectado por cualquier aplicación de un ERTE de fuerza mayor o por causas organizativas de suspensión o reducción; o por un ERE de extinción laboral (excepto cese voluntario) a partir del 14 de marzo de 2020, como consecuencia de las medidas adoptadas para luchar contra la crisis sanitaria del Covid-19 y que no tengan garantizado el 100% del salario que perciba habitualmente; o que hayan finalizado su contrato con posterioridad al 14 de marzo de 2020 y se encuentren en situación de desempleo.  

3.- Ser una persona física empleada por cuenta ajena. 

4.- Haber obtenido, en el ejercicio 2019, ingresos de la unidad familiar del solicitante inferiores a 18.000 euros.

5.- No estar incurso en alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 

6.- No tener deudas en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Aranjuez, salvo que el pago de dichas deudas estuviera debidamente garantizado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales”.

La Alcaldesa ha precisado que “el crédito presupuestario que se destinará a dotar a estas ayudas asciende a 194.000 euros”. “El plazo de presentación de solicitudes –ha indicado- será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid”. “Los vecinos –ha añadido- podrán tramitar su solicitud de manera presencial, en los horarios de funcionamiento del Registro del Ayuntamiento de Aranjuez. (C/ Stuart 79), o a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”.

María José Martínez de la Fuente ha especificado que “la cuantía de la ayuda será de 500 euros por solicitante y sólo se concederá una ayuda por solicitante”. “En el caso de que hubiera más solicitudes que crédito disponible –ha indicado- se procederá a prorratear el crédito disponible entre las solicitudes que cumplan con todos los requisitos”, ha indicado la Alcaldesa.

La Alcaldesa ha pasado, a continuación, a detallar los aspectos relacionados con las ayudas dirigidas a empresas y autónomos: “A estas ayudas -ha explicado- podrán optar autónomos y microempresas que ya lo fueran antes del 1 de marzo de 2020, que continúen dadas de alta, que ejerzan su actividad económica en nuestra localidad y que hayan visto reducida su actividad en un 75% por la declaración del estado de alarma originada por el COVID-19.”. Y ha matizado: “A efectos de esta convocatoria, se entiende que son microempresas las empresas con hasta 25 empleados, a fecha 1 de marzo de 2020, y cuyo volumen de negocios anual o balance general anual no exceda de 2 millones de euros”.

“Los autónomos y empresas interesadas en optar a las ayudas –ha continuado María José Martínez de la Fuente- deberán cumplir, además, otros requisitos detallados en las Bases entre los que cabe destacar: contar con domicilio fiscal en el municipio, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y con la Tesorería General de la Seguridad Social y no tener deudas en periodo ejecutivo con el Ayuntamiento de Aranjuez, salvo que el pago de dichas deudas estuviera debidamente garantizado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales”.

La Alcaldesa ha desvelado que “serán subvencionables los gastos corrientes asociados a la actividad, producidos a partir del 1 de marzo de 2020, tales como gastos de alquiler o gastos hipotecarios del local, gastos por suministros (electricidad, gas, agua…), seguros y gastos derivados de mantenimiento del local, gastos relacionados con la digitalización del negocio o gastos extraordinarios ocasionados por la adopción de medidas de prevención del COVID”

María José Martínez de la Fuente ha explicado que “el crédito total disponible, 194.000 euros, se distribuirá previamente entre las diferentes categorías de empresas, en función del número de trabajadores, de la siguiente forma: de 1 a 5 trabajadores, 94.400 euros; de 6 a 9 trabajadores, 60.000 euros; y de 10 a 25 trabajadores, 39.600 euros”.

“Para la distribución individualizada del fondo de ayuda existente hemos establecido los siguientes máximos en función del número de trabajadores: de 1 a 5 trabajadores, el máximo será de 800 euros; de 6 a 9 trabajadores, el máximo será de 1.200 euros; y de 10 a 25 trabajadores, el máximo queda establecido en 1.800 euros”, ha pormenorizado la Alcaldesa.

María José Martínez de la Fuente ha advertido que “el plazo de presentación de solicitudes  es, igual que para la otra línea de ayudas,  de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, solicitudes que podrán tramitarse presencialmente, en los horarios de funcionamiento del Registro del Ayuntamiento o a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común”.

La Alcaldesa ha declarado que “estas dos líneas de ayudas constituyen la medida económicamente más importante de las recogidas en el Plan de Recuperación de nuestra ciudad ya que para su ejecución es preciso emplear el 37 % del presupuesto del mismo”. “Su objetivo, junto con otras medidas también recogidas en el Plan de Recuperación, es proteger y cubrir las necesidades de las personas con mayores necesidades de apoyo económico y asistencial y, al tiempo, promover los espacios más favorables para que las pymes y los autónomos que han visto suspendida su actividad económica y reducida su facturación puedan cuanto antes recuperar su ritmo y, con ello, su capacidad de generar empleo”, ha concluido María José Martínez de la Fuente.

 

 

 

 

Última vez modificado: 27 octubre, 2020

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