EL PLENO MUNICIPAL APRUEBA, DE MANERA INICIAL, LA ACTUALIZACIÓN DE LOS COEFICIENTES CORRECTORES DE LA ORDENANZA FISCAL DE LA PLUSVALÍA MUNICIPAL

15 marzo, 2023

LA PROPUESTA HA SIDO APROBADA CON LOS VOTOS FAVORABLES DE PP, PSOE y CIUDADANOS

EL PLENO MUNICIPAL APRUEBA, DE MANERA INICIAL, LA ACTUALIZACIÓN DE LOS COEFICIENTES CORRECTORES DE LA ORDENANZA FISCAL DE LA PLUSVALÍA MUNICIPAL

Belén Barcala del Pozo, Concejala Delegada de Hacienda: La importancia principal de esta modificación reside en que los coeficientes están fijados conforme a la evolución del mercado inmobiliario y permiten tener adaptada la base imponible al principio de capacidad económica”

Aranjuez, 15 de marzo de 2023

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria correspondiente al mes de marzo, ha aprobado de manera inicial la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal). La Propuesta ha sido presentada y defendida por la Concejala Delegada de Hacienda, Belén Barcala del Pozo, y ha contado con el voto favorable de Partido Popular, Psoe y Ciudadanos, las abstenciones de Acipa, Inpar y Unidas Podemos, y el voto en contra de Vox.

En el pasado pleno de abril de 2022 se aprobó una modificación de la ordenanza fiscal del impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, popularmente conocido como ‘plusvalía municipal’, con el fin de adecuarla al nuevo marco legal existente tras la declaración de inconstitucionalidad de algunos artículos de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, que dejó un vacío normativo sobre la determinación de la base imponible.

En este sentido, la Delegada de Hacienda ha explicado que “con la modificación que se efectuó por mandato legal el año pasado, se dio al contribuyente dos opciones para calcular este impuesto permitiéndoles elegir la que les fuera más favorable: por un lado,  la opción del método real, que permite tributar por la plusvalía real del suelo y por otro lado, existe el método objetivo, en el que se incorporan al cálculo de la base imponible del impuesto unos coeficientes anuales en función del número de años transcurridos desde la adquisición del inmueble”.

Los citados coeficientes tienen un efecto corrector que, teniendo en cuenta la evolución de los precios, pretenden acomodarlo al principio de capacidad económica, ya que era esta circunstancia una de las principales censuras que la jurisprudencia hacía al régimen jurídico anterior y que determinó la expulsión de determinados artículos  de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales  del ordenamiento jurídico.

Belén Barcala ha indicado que “la regulación actual de nuestra Ordenanza Fiscal reproduce los coeficientes máximos que se publicaron el año pasado, por lo que al haberse modificado los coeficientes a aplicar en el ejercicio 2023 a través la Ley de Presupuestos Generales del Estado, nos vemos obligados a tramitar una modificación de la Ordenanza fiscal, para ajustarla a la actualización legal efectuada”.

“Además, –ha continuado– para que esta modificación no haya de producirse año tras año, la propuesta introduce en el articulado de la ordenanza un párrafo que remite directamente a esos coeficientes que se publican anualmente,  para que entren en vigor automáticamente, ganando así en eficacia y eficiencia, que es en definitiva lo que se busca en la administración”.

La Delegada de Hacienda ha destacado que “la importancia principal de esta modificación reside en que los coeficientes están fijados conforme a la evolución del mercado inmobiliario y permiten tener adaptada la base imponible a las circunstancias del momento, ya que de lo contrario la base imponible estaría referenciadas a circunstancias que no se corresponden con la realidad y perdería conexión con el principio de capacidad económica, agravándose año tras año”.

Por otra parte, Belén Barcala haciendo referencia a la modificación de la ordenanza efectuada el ejercicio pasado, ha indicado que “los técnicos municipales advirtieron claramente que no podíamos reducir de ‘motu proprio’ esos coeficientes máximos porque se estaría contraviniendo la normativa derivada de encontrarnos bajo un plan de ajuste”. “Por tanto, -ha continuado- este Equipo de Gobierno ha actuado sobre lo único que tenía margen de decisión, que era sobre el tipo impositivo, y en ese caso teníamos dos opciones: o mantenerlo al 11 % o subirlo hasta el máximo legal del 30 %”. “En nuestra apuesta por reducir la carga fiscal para los ribereños, decidimos mantener el tipo impositivo al 11 %, aun a sabiendas que la previsión era que con ello, perderíamos cerca de un 50 % de ingresos, lo que se traducía en más de 800.000 € anuales”, ha significado.

“Y las previsiones se hicieron realidad”, ha resaltado Belén Barcala.  “Al cierre de 2022 hemos tenido unos ingresos brutos de plusvalía de alrededor de 805.000,00 euros frente a los 2.068.620,33 € del año 2019, 1.443.026,94 € de 2020, y 1.718.251,39 € de 2021”, ha informado la Delegada. “Por tanto, se ha producido una importante disminución de la presión fiscal para el contribuyente, ya que con este cambio normativo en la mayoría de los tramos el contribuyente paga una cuota inferior a la que hubieran pagado con anterioridad a la sentencia del Tribunal Constitucional”, ha destacado Belén Barcala.

Para finalizar, la Delegada de Hacienda, se ha referido a la nula ayuda que el Ayuntamiento de Aranjuez está recibiendo del Gobierno de la Nación: “Este Ayuntamiento todavía está esperando a que el Sr. Sánchez cumpla con la propuesta que realizó la Federación Española de Municipios y Provincias  en noviembre de 2022 en la que se exigía al Ministerio de Hacienda un fondo que compensara esa pérdida recaudatoria que íbamos a sufrir muchas administraciones públicas locales”. “Porque hay que recordar que el Gobierno de la Nación pudo haber modificado mucho antes la normativa que posteriormente se declaró inconstitucional, pero como siempre, llegó tarde y mal”, ha concluido Belén Barcala.

 

 

 

Última vez modificado: 15 marzo, 2023

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