Celebración de Bodas Civiles

NORMAS GENERALES PARA LA CELEBRACIÓN DE BODAS CIVILES EN EL AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

Las parejas que deseen contraer matrimonio civil en el Ayuntamiento de Aranjuez deberán tener en cuenta las siguientes instrucciones:

  • El expediente previo matrimonial se tramitará en el Registro Civil que corresponda al domicilio de uno de los contrayentes.
  • Una vez concluido éste, los interesados tendrán que dirigirse al Departamento de Bodas Civiles del Ayuntamiento con la documentación que a tal efecto les han entregado en el Registro Civil, para solicitar la fecha de celebración de la ceremonia.
  • Las bodas civiles en el Ayuntamiento de Aranjuez se celebrarán los viernes de 12.00 a 13.30 horas y los sábados de 12.00 a 13.30 y de 17.00 a 18.30 horas, asignándose por riguroso orden de solicitud y disponibilidad de agenda.
  • Las parejas deberán abonar una tasa de 361,10 € quedando exentos del pago cuando uno de los miembros esté empadronado con un año de anterioridad.
  • La ceremonia se celebrará en el Salón de Actos del Ayuntamiento de Aranjuez, situado en Casa Consistorial, C/ Stuart, 91 con arreglo a las siguientes normas de uso:
    • No podrá introducirse en la plaza de la Constitución ningún vehículo relacionado con la ceremonia.
    • En el Salón de Actos, no podrá arrojarse confetis, arroz, pétalos y demás elementos de celebración, pudiendo ser arrojados a la salida del Salón de Actos únicamente confetis y pétalos.
    • No se puede hacer uso de elementos pirotécnicos.
    • Se recomienda puntualidad a los contrayentes e invitados, dada la solemnidad e importancia de las ceremonias civiles.
    • Si los contrayentes retardaran su asistencia en más de 15 minutos o no compareciesen, se procederá a anular la celebración.

Para más información, pueden ponerse en contacto con el Departamento de Bodas Civiles en el teléfono 91 809 03 60 ext. 1226 del Ayuntamiento de Aranjuez.

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