Se debatirá la personación del Ayuntamiento como acusación particular

21 septiembre, 2016

Se debatirá la personación del Ayuntamiento como acusación particular

El pleno debatirá la personación del Ayuntamiento de Aranjuez como acusación particular en el caso de prevaricación administrativa abierto contra el anterior Gobierno municipal.

La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado el archivo de la causa abierta contra la todos los concejales del actual Grupo Popular de la Corporación y dos técnicos municipales,  y ordena la reapertura de diligencias penales.

David Estrada asegura que “se trata de defender los intereses de todos los ribereños” porque “el Ayuntamiento como institución no acosa a nadie, acosan las personas”.

Aranjuez, 21 de septiembre de 2016

David E.El equipo de gobierno presentará al Pleno de este jueves una propuesta para que el Ayuntamiento de Aranjuez se persone como acusación particular en el caso de presunta prevaricación administrativa y acoso laboral abierto contra personas del anterior gobierno municipal presidido por María José Martínez.

“Se trata de defender los intereses de todos los ribereños”, ha explicado hoy en rueda de prensa el primer teniente de alcalde, David Estrada, anunciando que el sobreseimiento del caso en julio de 2015 ha sido revocado por la Audiencia Provincial de Madrid tras el recurso del letrado víctima de los hechos, volviendo a ser investigados (anteriormente denominados por la Ley “Imputados”) los miembros de la anterior Junta de Gobierno del Partido Popular.

Ya en diciembre de 2013, el Juzgado Contencioso Administrativo de Madrid declaró nulo el expediente abierto contra el letrado municipal que presentó la denuncia y falló condenar al Ayuntamiento de Aranjuez a indemnizar con 70.000 euros a este trabajador por haber sufrido acoso laboral en el ámbito de sus funciones, aunque tras el recurso del anterior Gobierno municipal, la cifra definitiva se saldó en 25.000 euros.

“Son 25.000 euros que no tienen por qué pagar todos los ciudadanos, porque el Ayuntamiento no acosa a nadie, acosan las personas”, ha dicho Estrada, señalando además que el interés personal del letrado puede que no coincida con los intereses del Ayuntamiento de Aranjuez, que están en que sea el responsable de los hechos quien pague la indemnización que han pagado todos los ciudadanos de Aranjuez y en “clarificar un presunto delito que se ha cometido en este ayuntamiento”.

UN EXPEDIENTE NULO

La investigación abierta contra los miembros de la Junta de Gobierno anterior (conformada por María José Martínez, María Isabel Pantoja, Piedad Roldán, Fernando Gutiérrez, José Núñez Manrique, Mercedes Rico Téllez, Javier Lindo Paredes, José González Granados y Mónica Heras Burgos) y contra dos técnicos municipales tiene que ver con un expediente disciplinario abierto contra este letrado municipal por un informe elaborado en el año 2009 con relación al aparcamiento de la calle del Rey.

Tanto ése como el expediente abierto al Jefe de los Servicios Técnicos han quedado anulados, el primero por un “procedimiento para la protección de los Derechos Fundamentales”, y el segundo por encontrarse prescrita la presunta infracción y caducado el Expediente.

En ese sentido, David Estrada se ha preguntado por “lo que estuvo haciendo el anterior Gobierno municipal del PP durante 4 años; no lucharon por los intereses de Aranjuez, no recurrieron la Sentencia del parking y abrieron dos expedientes sancionadores que han quedado anulados”

El primer teniente de alcalde ha insistido en la importancia de defender siempre los intereses de los ciudadanos, “algo que nunca hizo el Gobierno de María José Martínez, que ni recurrió aquella sentencia ni procedió a la legalización de la infraestructura”.

“¿QUÉ LE HICIERON?”

En su sentencia condenatoria, el Contencioso Administrativo establece que el letrado de urbanismo vio vulnerados tres derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española: la vulneración del derecho a la igualdad sancionadora, el derecho a la presunción de inocencia y de igualdad ante la ley y el derecho a la integridad física y moral.

En este último aspecto, la sentencia dice explícitamente: “No puede sino convenirse con la demanda en que lo relatado ha de ser calificado como actos de hostigamiento que al culminar con el expediente disciplinario crean una apariencia de su proceder profesional cercano a la prevaricación, mientras el recurrente se ve obligado a desenvolverse en un entorno laboral claramente degradante y hostil”.

“Pero, ¿qué le hicieron?”, ha preguntado Estrada ante los periodistas, instando a los grupos municipales de la oposición a “ponerse de una vez al frente de los intereses de los ribereños y a aprobar una propuesta que es justa porque, repito, el ayuntamiento no acosó a ningún trabajado, acosan las personas”.

“Es de justicia que esos 25.000 euros no los paguen los ribereños, sino los culpables reales del acoso”, ha insistido el concejal.

NOTA: Los medios interesados en ampliar esta noticia pueden ponerse en contacto con la Oficina de Información.

Última vez modificado: 21 septiembre, 2016

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